Requisitos en cuanto al Patrocinador
PRIMER PASO: El patrocinador debe completar la forma I 134 Declaración de patrocinio por cada aplicante, la cual va a ser revisada para asegurar que esa persona si tiene los recursos para prestar apoyo financiero.
En cuanto al Patrocinador: Es una persona que presenta una declaración, bien sea, de forma independiente, junto con otra persona o en nombre de una organización, empresa o entidades.
1) El patrocinador debe completar una la declaración de patrocinio, Forma I 134 por cada venezolano beneficiario y por el familiar inmediato.
2) El servicio de inmigración va investigar la capacidad económica del patrocinador para determinar si califica para este fin. Por tanto, debe estar dispuesto y ser capaces para recibir, mantener y apoyar al beneficiario. Entre estas:
• Recibir al beneficiario a su llegada a Estados Unidos y transportarlo a la vivienda inicial;
• Asegurarse que el beneficiario tenga una vivienda segura y adecuada durante la duración de su permiso de permanencia temporal y sus necesidades básicas iniciales (Alimento, transporte, salud, etc.)
• Según corresponda, ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como por ejemplo para la autorización de empleo, para una tarjeta de Seguro Social y para los servicios para los que pueden ser elegibles;
• Asegurarse que se satisfagan las necesidades médicas y de atención médica del beneficiario durante la duración del permiso de permanencia temporal; y
• Según corresponda, ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, asegurar un empleo e inscribir los niños en la escuela.
3) El patrocinador debe tener un status legal definitivo en los Estados Unidos. Por ejemplo: Ciudadanos o nacionales de Estados Unidos; O residentes residentes temporales legales, y residentes permanentes condicionales; También incluye a No inmigrantes con estatus legal (es decir, quienes mantienen el estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones del estatus de no inmigrante). Ejemplo: Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal (parolees); Titulares de Estatus de Protección Temporal (TPS); y Beneficiarios de acción diferida (incluida la acción diferida para los llegados en la infancia) o de Salida Forzosa Diferida.
Requisitos en cuanto al beneficiario
Ser nacional de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela o ser familiar inmediato que se encuentren fuera de los Estados Unidos. Incluyen: El cónyuge o pareja de hecho de un nacional de Venezuela; y sus hijos solteros menores de 21 años. AVISO: Si un niño es menor de 18 años, debe viajar con un padre o tutor legal para poder utilizar este proceso.
Requsitos del beneficiario:
1) Estar fuera de Estados Unidos;
2) Tener una persona de apoyo que esté basada en Estados Unidos que haya presentado un Formulario I-134 a nombre del beneficiario que USCIS haya investigado y confirmado;
3) Tener un pasaporte valido para viajes internacionales. ( Ciertas excepciones aplican para los venezolanos)
4) Proporcionar su propio viaje comercial a un aeropuerto de Estados Unidos o un destino final en Estados Unidos;
5) Someterse y pasar las verificaciones e investigaciones requeridas;
6) Cumplir con todos los demás requisitos, incluidos los requisitos de vacunación y otros requisitos de salud pública;
7) Justificar que su solicitud esta fundamentada en un beneficio publico significativo o razones humanitarias urgentes, y que por tanto amerita un ejercicio favorable de la discreción.
✓ Prueba de Estatus legal en los Estados Unidos.( Pasaporte, certificado de nacimiento, o cualquier otra prueba de status)
✓ Copia del Income Tax Return del último año fiscal.
✓ Carta con membrete de banco o institución financiera que contenga los siguientes datos:
• Fecha de apertura de la cuenta
• Monto total depositado durante el último año
• Saldo actual
✓ Carta de empleador membretada con fecha que indique:
• Naturaleza del empleo
• Salario pagado.
• Indicar si el puesto es temporal o permanente (mejor si es permanente).
✓ Si es dueño de alguna propiedad (enviar prueba), e indicar valor neto, deduciendo cualquier hipoteca que pesa sobre la propiedad. (Será indispensable la tasación hecha por un profesional para determinar valor actual)
✓ Si tiene bonos: lista de número de serie y las denominaciones de los bonos o estado de cuenta de acciones
• Cualquier otra prueba que demuestra su solidez y fluidez financiera.
✓ Declaración jurada que indique su intención de compartir la responsabilidad de apoyar al beneficiario.
✓ Evidencias de los recursos económicos
✓ Status legal en Estados Unidos
Si el co -sponsor es una organización, empresa, entidad
✓ Evidencia del compromiso de la entidad de apoyar al beneficiario cuando presenten el Formulario I-134A. Esto se puede demostrar a través de una carta de compromiso u otra documentación de un funcionario u otro representante creíble de la organización, empresa u entidad que describa el apoyo monetario u otro tipo de apoyo (por ejemplo, vivienda, necesidades básicas, transporte, etc.) que la entidad proporcionará al beneficiario específico.
Nota: Las personas que presentan una solicitud en asociación con una organización, empresa u otra entidad no necesitan presentar su información financiera personal, si el nivel de apoyo demostrado por la entidad es suficiente para apoyar al beneficiario.
✓ Estar fuera de los EEUU.
✓ Poseer pasaporte venezolano valido y vigente.
✓ Cuenta de correo (email); Dirección física y dirección para recibir correspondencia, número telefónico, número telefónico.
✓ Cumplir con los criterios de seguridad de salud pública: vacunas de polio, sarampión y COVID, entre otros.
Nota: Tanto patrocinador como beneficiarios, van a ser sujetos a verificaciones e investigaciones rigurosas sobre su historial criminal y su solvencia moral. ( se les tomarán los datos biométricos y biográficos).
Resolví todas esas dudas que tenía
Gracias a Iraida resolví todas esas dudas que tenía con respecto al TPS y mis opciones de ajuste de estatus. Estoy sumamente agradecida por toda su ayuda y profesionalismo
La satisfacción y el logro de las metas de nuestros clientes es nuestro mayor orgullo.
El parol humanitario es un proceso de ayuda humanitaria urgente o beneficio publico significativo que proporciona una forma segura y ordenada para que los nacionales de CUBA, NICARAGUA, HAITI Y VENEZUELA y sus familiares inmediatos, que están fuera de Estados Unidos y no tienen documentos de entrada a EE.UU. (es decir una visa) sean considerados, caso por caso, para autorización adelantada, para viajar y venir a USA por un periodo de permiso de permanencia temporal por hasta dos años.
Para participar en este proceso, el venezolano debe:
✓ Tener una persona de apoyo en Estados Unidos; Un patrocinador económico que acepte proporcionarle el apoyo económico durante la vigencia del permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos. ( Dos 2 años)
✓ Someterse a y pasar una investigación de seguridad robusta;
✓ Cumplir con otros criterios de elegibilidad; y
✓ Garantizar un ejercicio favorable de discreción.
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